La valoración en aduana es el procedimiento aduanero aplicado para determinar el valor en aduana de las mercancías importadas.
Los derechos de aduana pueden ser específicos, ad valorem, o mixtos (combinación de los dos anteriores).
Específicos: se recauda una suma concreta por unidad cuantitativa de la mercancía: por ejemplo, 1 dólar por artículo o por unidad, el derecho no se basa en el valor de las mercancías, sino en otros criterios. En este caso no se precisan normas sobre valoración en aduana y no es aplicable el Acuerdo sobre Valoración en Aduana.
Ad valorem: depende del valor de la mercancía. Con arreglo a este régimen, el valor en aduana se multiplica por un tipo de derecho ad valorem: por ejemplo, 8 al millar, con el fin de calcular el derecho pagadero por el producto importado.
Todos estos valores se determinan en la rondas que realiza la OMC y se discuten y plantean nuevos acuerdos, para que se beneficien las partes que intervienen en la negociación internacional, con el fin de tener una buena relación comercial con ese y otros países.
Se dan por medio de metodos que establecen valores y determinan las cantidades, dependiendo el tipo de mercancías y las transacciónes.
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